domingo, 7 de agosto de 2016

PORQUE COLOMBIA UTILIZO LA CAMISETA BLANCA?

Adidas y la Federación Colombiana de Fútbol, presentan la nueva camiseta con la que la Selección Colombia afrontará la Copa América Centenario, ésta, una edición especial y que sólo se utilizará en este torneo, reemplazará la indumentaria amarilla únicamente durante esta competición.
La Selección Colombia vestiria por primera vez la edición especial  en el partido inaugural de la Copa, donde enfrentaria al seleccionado de Estados Unidos.
El color blanco es un tributo a la primera selección que representó a Colombia en una competencia internacional. Un homenaje a la camiseta que lució la Selección Colombia en la primera Copa América en la que participó en su historia en Chile 1945. Adidas y la Federación Colombiana de Fútbol presentan la versión moderna del histórico legado para conmemorar los 100 años de esta competición.
Como sello tradicional, las emblemáticas tres rayas estarán presentes en los costados de la camiseta, logrando así un modelo exclusivo que destaca por su sencillez y elegancia.
El cuello en 'V' evoca los antiguos uniformes de los años cuarenta, característicos por la vanguardia que representó su diseño en aquella época y que reemplazaron al convencional cuello tipo camisa.
El uniforme se complementa con pantaloneta azul y medias rojas, logrando así un diseño exclusivo, elegante y moderno.

MEDICINA FORENSE

QUE ES LA MEDICINA FORENSE?
La medicina forense, también llamada medicina legaljurisprudencia médica o medicina judicial, es la rama de la medicina que aplica todos los conocimientos médicos y biologicos necesarios para la resolución de los problemas que plantea el derecho. El médico forense auxilia a jueces y tribunales en la administración de justicia, determinando el origen de las lesiones sufridas por un herido o la causa de la muerte mediante el examen de un cadaver. Estudia los aspectos médicos derivados de la práctica diaria de los tribunales de justicia, donde actúan como peritos. Se vincula estrechamente con el derecho medico. El médico especialista en el área recibe el nombre de médico legista o médico forense
Ámbito de actuación
Los médicos legistas están capacitados para realizar múltiples diligencias entre las que destacan:
  • Dictaminación sobre responsabilidad profesional, es decir, determinar si sus colegas médicos actuaron o no con la responsabilidad debida.
  • Determinación de las causas, mecanismo y manera de la muerte, cuando éstas son de origen violento.
  • Coayudan en la procuración de la justicia, auxiliando al juez a resolver dudas derivadas de la actuación de los fenómenos médico-biológicos - cuando están presentes - cuando se comete algún presunto hecho delictivo.
En la investigación criminal, la actuación del médico forense es esencial. Acude - junto, o no - con el Juez de Guardia y Ministerio Fiscal cuando se procede al levantamiento del cadáver después de una muerte sospechosa de criminalidad o violenta; examina y recoge signos externos del lugar de los hechos, determina la hora probable de la muerte y realiza la necropsia del cadáver; examina de forma macroscópica las tres cavidades (craneal, torácica y abdominal) y toma muestras para su remisión a centros especializados en ciencias forenses, laboratorios.

sábado, 16 de julio de 2016

QUIEN SOY?

  QUIEN SOY?
mi nombre es KATHERIN NICOLL RUBIANO LEÓN tengo 15 años soy una persona directa me gusta la sinceridad no tengo pasatiempos me gustan las motos la adrenalina no tengo genero de música definido no soy una persona cariñosa soy muy poco sociable ya q personas sinceras no hay muchas le doy mi amistad a personas q de verdad se lo merecen no considero a muchas personas como amigos no me gusta seguir modas soy una persona con una personalidad no sencilla ni conformista 
bueno no se q mas puedo decir eso es lo básico de mi 

AUTORIDADES EN EL COLEGIO



RECTOR
Es el representante legal de la Institución Educativa.
FUNCIONES DEL RECTOR:Son funciones del Rector las establecidas en el Artículo 25 del Decreto 1860, reglamentario de la Ley 115 o Ley General de Educación Y ampliadas según el Artículo 10 de la Ley 715 de 2.001.
CONSEJO DIRECTIVO
Es la máxima autoridad de la Institución y se constituye en instancia de dirección y participación democrática de todos los estamentos que participan en el que hacer educativo liceísta, esta conformado por: el Rector, (2) dos representantes del personal docente elegidos por mayoría de votantes en Asamblea de Docentes , (2) dos representantes de Padres de Familia;  uno del Consejo de Padres y otro de la Asociación de Padres de familia , (1)  un representante de los estudiantes elegido por el Consejo Estudiantil entre los que se cuenten cursando el último grado,  (1)   un  representante de los ex – alumnos elegido de terna presentada al Consejo Directivo o quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior  el cargo de representante de estudiantes y un (1) miembro de los sectores productivos organizados en el ámbito local

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:Son funciones del Consejo Directivo las establecidas  en el artículo 23 del Decreto 1860 de 1994, y las demás que establezcan las normas legales vigentes.
 CONSEJO ACADÉMICO
El consejo Académico es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica de la institución y esta integrada por: El Rector, quien lo preside; los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios.

 FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO:Son funciones del Consejo Académico las establecidas en el artículo 24  del Decreto 1860 de 1994, y demás que establezcan las normas legales vigentes.

 CONSEJO DE ESTUDIANTES
Dentro de la organización democrática y de participación  de los estudiantes en la vida educativa, la institución debe organizar un Consejo de Estudiantes, como un órgano colegiado, que garantiza el ejercicio de participación de los estudiantes en las decisiones que se tomen al interior de la institución y en especial las que se tomen en el Consejo Directivo.          

Funciones del Consejo de Estudiantes:Son funciones del Consejo de Estudiantes las establecidas en Artículo 29 del Decreto 1860 de 1994, y las demás que establezcan las normas vigentes.

REPRESENTANTE  LOS ESTUDIANTES

El representante de los estudiantes es un alumno del último grado de educación que ofrece la institución educativa.

    Funciones del Presidente del Consejo estudiantil:Son funciones del Representante de los Estudiantes:
  • Participar en la aprobación y adopción del Manual de Convivencia.
  • Dar conocer a los compañeros el Manual de Convivencia y el Manual de Procedimientos sobre el mismo.
  • Contribuir con la organización de eventos sociales, deportivos, culturales, artísticos comunitarios, enmarcados - en una planeación y racionalidad para que no interfieran las actividades formativas y cognoscitivas.
  • Desarrollar actividades para fomentar la práctica de los valores humanos y sociales con el fin de buscar la participación responsable, justa y democrática de los compañeros en la vida y el gobierno escolar.
  • Participar en la solución de situaciones o dificultades técnico-pedagógicas que afecten a la comunidad en forma parcial o total, debido a relaciones interpersonales, al grado de idoneidad o responsabilidad de un agente educativo.
  • Coadyuvar en  la  toma  de  decisiones sobre  aspectos administrativos, financieros, mejorar la calidad del servicio educativo y el aprestamiento para obtener mejores resultados en las pruebas de estado y para el ingreso a la universidad u otras instituciones de Educación Superior.
  • Organizar el funcionamiento del Consejo de estudiantes, en el cual actuará como presidente y adoptar su manual de procedimientos de acuerdo a las normas y el presente Manual de Convivencia.
  • Divulgar sus funciones y cumplir con el papel de orientador y vocero de sus compañeros.

 PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
Según el artículo 28 del Decreto 1860 de 1994, el personero será un estudiante del último grado que ofrece la institución, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia del colegio.
No participa de manera directa en ninguno de los organismos, pero desempeña una función muy importante como la de promover la identidad, compromiso y participación de todos en el proceso educativo y las funciones que le determina el decreto 1860, a través de diferentes campañas y proyectos comunitarios.

Funciones del Personero de los Estudiantes:Son funciones del Personero de los estudiantes:
  • Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes para lo cual podrá utilizar los medios de Comunicación Interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
  • Presentar ante el Rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte, que considere necesarias para proteger los Derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
  • Actuar como fiscal en el Consejo Estudiantil
  • Diseñar mecanismo que faciliten el cumplimiento de responsabilidades, compromisos y deberes estudiantiles.
  • Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten estudiantes sobre lesiones a sus derechos y a las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
  • Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
  • Prever momentos que permitan la divulgación de las funciones de los líderes estudiantiles, de los deberes y derechos del estudiante.

Comité Electoral
Será el que organice el proceso electoral, garantice la transparencia del sufragio y fije las Condiciones y procedimientos para las elecciones. Estará conformado por:
1. Un representante de los estudiantes.
2. Un representante de los docentes.
3. Un representante de área de Ciencias Sociales.
4. Dos representantes de las directivas del colegio

Funciones del Comité Electoral
1. Organizar las elecciones del personero y del representante de los estudiantes por curso al Consejo de Estudiantes.
2. Recibir las inscripciones de los candidatos.
3. Diseñar formularios de inscripción y tarjetones de los candidatos y delegados.
4. Delegar funciones a los estudiantes que ejercen como delegados electorales.
5. Trazar el cronograma de elecciones, los reglamentos y las pautas para garantizar el sufragio y proporcionar espacios para presentar a los candidatos.
6. Designar como jurado de votación al director de grupo de cada uno de los cursos teniendo en cuenta que esta votación se realiza de manera virtual en el aula máxima.
7. Realizar los escrutinios.
8. Levantar un acta firmada por los integrantes del comité electoral.

RESPONSABILIDAD


La responsabilidad es un valor que está en la conciencia de la persona .Una persona se caracteriza por su responsabilidad porque tiene la virtud no sólo de tomar una serie de decisiones de manera consciente, sino también de asumir las consecuencias que tengan las citadas decisiones y de responder de las mismas ante quien corresponda en cada momento.
tan bien la responsabilidad nos permite permite reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de sus actos, siempre en el plano de lo moral.

¿Qué caracteristicas tiene una persona responsable?
-Cumplir horarios y citas acordadas.
-Tenerse respeto a uno mismo y hacia los demas.
-Tener dignidad.
-Cumplir lo que se promete.
-Evitar las mentiras que justifiquen nuestras negligencias u olvidos.
-Ser conscientes de nuestros propios límites y capacidades.
-Nunca exigirnos más de lo que podemos.
-Hacer las cosas en el momento y de la forma en que se nos piden.
-Cumplir y hacer cumplir las leyes.
-Tener conciencia de el acto en el que nos equivocamos.
-Decir siempre la verdad aun que esta sea mala.